Declaración de la renta y cómo afecta a la compra de autocaravanas

por Gabi
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Como cada año a principios de abril nos toca hacer la Declaración de la Renta y es normal que surjan dudas, ¿Debo declarar la compra de una autocaravana nueva o de segunda mano?¿Qué gastos de la autocaravana se pueden deducir?

Según los datos presentados por ASEICAR, en 2022 las matriculaciones de vehículos recreativos nuevos descendieron un 21% en concreto se matricularon unos 7.110 entre autocaravanas, caravanas y camper.

Sin embargo, las matriculaciones de autocaravanas, caravanas y campers de segunda mano se incrementaron en 2022 sumando un total de 24.637 vehículos.

En vista de la gran demanda, hoy queremos ayudar a responder estas preguntas y otras dudas relacionadas con impuestos que afectan a las autocaravanas, para eso explicaremos las variables, ya que para cada caso se aplican condiciones diferentes.

Compra de una autocaravana nueva


Persona Física

Si no eres autónomo o empresario del sector y compras una autocaravana nueva, no va a afectar a tu declaración de la renta, ya que al momento de la compra ya has pagado el IVA del 21% y el impuesto de matriculación correspondiente.

En el caso de autocaravanas o vehículos acondicionados como vivienda, el impuesto de matriculación se podrá reducir un 30% de la base imponible (el precio real del vehículo) de su importe según el Real Decreto 2822/1998.

Aunque el valor final del impuesto de matriculación estará condicionado por el impuesto a las emisiones de CO2 del vehículo regulado por el WLTP, y que en el caso de las autocaravanas que pueden llegar a emisiones mayores o iguales a 200g/km de CO2 puede suponer una tasa del 14,75% siendo el tramo más alto.

Además debemos sumar el impuesto de circulación o IVTM (impuesto sobre vehículos de tracción mecánica) que deberemos pagar anualmente el mes de abril en el caso de Barcelona, y su valor varía según el municipio en donde tengamos nuestra dirección fiscal que debe coincidir en el que estemos empadronados.

Minusvalía

Este sector de la población puede beneficiarse de una ventaja fiscal al comprar un vehículo, en este segmento están las personas con discapacidad o movilidad reducida o si tienen a su cargo a una persona con minusvalía.

Podrán deducirse el 50% del IVA, que para minusvalía es del 4% y además no tendrán que pagar el impuesto de matriculación siempre que cumplan con un par de requisitos.

Familia numerosa

En el caso de ser familia numerosa se podrá obtener una reducción del 50% del IVA y lo mismo para el impuesto de matriculación siempre y cuando el vehículo esté a nombre de los progenitores y se esté reconocida como familia numerosa.

Autónomo o Empresa

En el supuesto de que un autónomo compre una autocaravana para usarla como vehículo de empresa, debe saber que Hacienda considera las autocaravanas como vehículo de recreo por lo que no podrá usarla como vehículo de empresa. 

En cambio, cuando la compra es para alquilar la autocaravana de manera permanente esta se considera una actividad económica, por lo tanto deberá presentar los gastos deducibles y presentar el modelo 303 de IVA trimestralmente. 

Además podrán estar exentos de pagar el impuesto de matriculación siempre y cuando presenten previamente el modelo 05 y la Administración haya reconocido y aprobado la causa.

Compra de una autocaravana de segunda mano

Compraventa entre particulares

Cuando la compraventa de una autocaravana usada es entre particulares, no se debe pagar el IVA pero sí el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP que puede ser del 4% al 8% dependiendo de la Comunidad Autónoma, este pago se realiza antes de matricular la autocaravana.

El impuesto ITP lo paga quien compra la autocaravana, y se calcula sobre la base imponible. Para comprobar que el precio es correcto Hacienda publica cada año una orden ministerial en donde establece mediante una tabla de valores, los precios medios de venta de vehículos usados.

El pasado año 2022 incorporaron por primera vez a las autocaravanas como un segmento adicional a los vehículos de turismo. Por eso antes de comprar una autocaravana de segunda mano te recomendamos comprobar la Tabla de precio medios de las autocaravanas para 2022.

Venta entre profesional y particular

En cambio, si la venta de la autocaravana es entre profesional y particular, el comprador ya paga el 21% de IVA por lo que no debe pagar el Impuesto de Transmisión Patrimonial.

 

¿Cómo se declara el alquiler de una autocaravana?

Para declarar el alquiler de una autocaravana, es necesario establecer si la actividad es económica o no. Si el propietario dispone de varios vehículos y los ingresos obtenidos son su principal fuente de ingresos, se considerará una actividad económica.

Por otro lado, si el propietario alquila la autocaravana de forma esporádica y no es su principal fuente de ingresos, no se considera una actividad económica.

Si se considera una actividad económica, el propietario deberá darse de alta como autónomo en Seguridad Social y tributar por IVA e IRPF. Si no se considera una actividad económica, solo se tributará por IVA.

En cuanto a los trámites de alta en Hacienda, deberá presentarse el modelo 037 comunicando el alta en la actividad de alquiler de automóviles sin conductor, y marcar el alta en el régimen general de IVA.

Además, es necesario llevar un libro de IVA repercutido y soportado, presentar trimestralmente el modelo 303 de IVA y, una vez al año en enero, presentar el resumen anual de IVA (modelo 390).

A la hora de fijar el precio del alquiler, hay que tener en cuenta que el IVA es un coste adicional que debe repercutirse en el precio.

En cuanto al IRPF, los beneficios obtenidos se reflejarán en el apartado de rendimientos de capital mobiliario y se calcularán restando a los ingresos percibidos los gastos deducibles para la gestión del alquiler.

Entre los gastos deducibles se encuentran la comisión que cobra la plataforma en donde se publique el alquiler de la autocaravana o camper, el seguro del vehículo y el mantenimiento del mismo.

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En conclusión cada caso y situación puede tener variables de las que es mejor informarse antes, por eso te recomendamos antes de todo comentar tu caso con un asesor fiscal o con tu agencia tributaria más cercana.  Así evitarás cometer errores e incumplir con la ley.

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